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La marea de los 'pellets' en las costas españolas, un asunto jurídico-ambiental

La contaminación ambiental por microplásticos y las competencias en materia de dominio público marítimo terrestre son el centro del debate en las costas gallegas, asturianas y cantábricas.

Distintos tipos de pellets utilizados como base para la elaboración de productos plásticos como botellas y bolsas.

La marea de bolas de plástico pequeñas, conocidas como pellets o granza que han aparecido en las costas gallegas, asturianas y cantábricas, son parte de uno de los seis contenedores que perdió una embarcación de transporte de material industrial el pasado 8 de diciembre a 80 kilómetros al oeste de la localidad de Viana do Castelo (Portugal).

Se trata de un material que sirve de base para la elaboración de productos plásticos, son una especie de polímeros que a altas temperaturas pueden moldearse para configurar distintos productos como botellas y bolsas de plástico.

La costa gallega vuelve a ser protagonista por un nuevo episodio medioambiental.

La presencia de estos pellets en las playas gallegas desde hace un mes, ampliándose hasta Asturias y Cantabria, ha revelado un importante debate jurídico-ambiental no sólo sobre las competencias administrativas en materia de actuaciones en el dominio público marítimo terrestre, sino también sobre la posible responsabilidad por este vertido, dado que este material contribuiría a la contaminación por microplástico que está en el punto de mira de los objetivos de la Unión Europea.

Competencias sobre vertidos en el dominio público marítimo terrestre

De acuerdo con las definiciones del Real Decreto 1695/2012, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Sistema Nacional de Respuesta ante la contaminación marina, el vertido de los pellets en las costas podría encuadrarse como un suceso de contaminación marina siempre que provoque o pueda provocar riesgos para la salud humana, perjuicios a los recursos vivos y a los ecosistemas marinos o costeros, incluida la pérdida de biodiversidad. Y sobre la respuesta ante situaciones como esta, la misma norma contempla dos subsistemas, uno marítimo de competencia exclusiva del Estado y otro costero donde hay actuaciones estatales, comunitarias y locales.

En el caso del subsistema marino se activará por el Estado el Plan Marítimo Nacional “cuando el suceso de contaminación afecte a aguas marítimas, puertos, terminales de manipulación de mercancías o cualquier instalación marítima situada en aguas españolas”. Por su parte, el subsistema costero está integrado por tres tipos de planes que se aplicarán de forma gradual según los niveles de alerta que decretan las comunidades autónomas:

  • Planes locales, para casos de contaminación que afecte o pueda afectar al ámbito territorial de una entidad local costera.
  • Planes territoriales de comunidades autónomas, para sucesos de contaminación marina que afecte o pueda afectar a la costa de una comunidad autónoma.
  • Plan Estatal de Protección de la Ribera del Mar contra la Contaminación ante casos de contaminación marina que afecten o puedan afectar a la costa, y que se activará a partir de la declaratoria de nivel dos de la fase de emergencia.

De otro lado se revive el debate planteado por el Gobierno estatal con el recurso presentado ante el Tribunal Constitucional contra algunos artículos de la Ley 4/2023, de 6 de julio, de ordenación y gestión integrada del litoral de Galicia por una posible vulneración de las competencias del Estado sobre el régimen jurídico del dominio público marítimo terrestre a cargo del Estado ex artículo 132.2 de la Constitución Española, y cuya suspensión está actualmente vigente.

Como se puede evidenciar, en materia competencial existen normas específicas que ameritan un estudio detallado que permite establecer una adecuada coordinación entre el Estado y las comunidades autónomas para asumir las responsabilidades de los distintos actores públicos.

Contaminación ambiental

En esta materia, la unidad especializada de Medio Ambiente de la Fiscalía General del Estado, encabezada por el jurista Antonio Vercher, ha abierto diligencias por el vertido de pellets en las costas gallegas y que se ha extendido a Asturias y Cantabria, porque este material contribuye a la contaminación de la naturaleza por microplásticos, no siendo biodegradables y con altos indicios de toxicidad.

Este tipo de contaminación ha estado en el foco de la Unión Europea, que aprobó recientemente el Reglamento (UE) 2023/2055, de la Comisión, de 25 de septiembre de 2023 que restringe la fabricación y comercialización de micropartículas de polímeros sintéticos, orgánicas, insolubles y resistentes a la degradación, tanto como sustancias independientes, así como añadidas intencionadamente a productos que liberen dichos microplásticos durante el uso.

Pellets del tipo que se han vertido en la costa gallega y cantábrica.

Es importante recordar que el artículo 325 del Código Penal señala que “será castigado con penas de prisión de seis meses a dos años (…) el que provoque o realice directa o indirectamente emisiones, vertidos (…) en las aguas terrestres, subterráneas o marítimas, incluida alta mar”.

La solución de problemáticas sobre contaminación ambiental, competencias del dominio público marítimo terrestre, determinación de medidas de mitigación, entre otras, requieren del apoyo de profesionales capaces de asesorar y guiar la toma de decisiones jurídicas y técnicas.

El Máster en Derecho Ambiental online de UNIR convierte en experto a aquellos que tienen un interés en materia de protección ambiental y les brinda las herramientas necesarias para asesorar de manera idónea ante situaciones como un caso de contaminación en las playas y costas, abordando todas las exigencias en materia de responsabilidad administrativa o penal, así como las actuaciones administrativas de los distintos niveles de gobierno.

(*) Yaisa Córdoba Zabala es docente universitaria, abogada y consultora en gobernanza climática, con más de 10 años de experiencia académica y profesional. Investigadora en Derecho Ambiental, Gobierno y Desarrollo Local Sostenible.

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