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Botar prácticas corruptas del poder electoral

En UNIR celebramos este jueves 2 de febrero el Día Mundial de las Elecciones para sensibilizar sobre la importancia de la transparencia en el ejercicio del poder electoral de un Estado de Derecho.

La idea es proteger nuestra cultura democrática.

Desde nuestro espacio formativo en el Máster en Análisis y Prevención de la Corrupción (MAPC) de UNIR invitamos a todos a tomar conciencia individual y social, como representantes y representados, electores y elegidos, de la necesidad de proteger nuestra cultura democrática de prácticas deshonestas en el proceso electoral y formación de la voluntad política.

En el MAPC nos comprometemos a la difusión de los valores del Día Mundial de las Elecciones desde el papel que nos toca desempeñar. Para ello movilizamos nuestros mecanismos institucionales de formación y especialización académica en el ámbito del análisis de las causas y los efectos de la corrupción en el sector público y privado, así como en el ámbito de las políticas y medidas de prevención y represión de la corrupción a nivel local, nacional, comunitario e internacional.

Contexto

La conmemoración del Día Mundial de las Elecciones comenzó en septiembre de 2005. La Conferencia Mundial de Oficiales Electorales decidió entonces por unanimidad señalizar un día en el calendario para recordar la importancia de fortalecer permanentemente la filosofía democrática en todos los países del mundo y de crear alianzas de lucha contra el soborno de votantes, así como combatir la corrupción en la financiación de asociaciones y partidos políticos.

Con el auspicio de la Organización de las Naciones Unidas, el Día Mundial de las Elecciones o el Día de las Elecciones Globales aspira a generar interés institucional por mejorar los sistemas electorales y mecanismos de toma de decisiones políticas de los Estados, así como aspira a generar interés social en el cuidado y defensa de los valores democráticos y del derecho humano de elegir y ser elegidos como un compromiso que nos incumbe a todos. Para ello, resulta imprescindible combatir la corrupción del poder electoral desde todos los frentes posibles.

La corrupción política, corrupción del poder electoral

La corrupción política se define como el abuso del poder depositado en los líderes políticos “para obtener ganancias, con el objetivo de aumentar su poder o su riqueza”, ya sea antes, durante o después de abandonar la función o mandato público (HODESS, 2004, p. 25). La organización no gubernamental Transparencia Internacional define en su Guía de lenguaje claro sobre lucha contra la corrupción (2009, p. 35) a la corrupción pública como la “manipulación de políticas, instituciones y normas de procedimiento en la asignación de recursos y financiamiento por parte de los responsables de las decisiones políticas, quienes se abusan de su posición para conservar su poder, estatus y patrimonio”. Corrupción que “se presenta bajo varias formas, desde la compra de votos y el uso de fondos ilícitos hasta la venta de nombramientos y el abuso de los recursos estatales” (Transparencia Internacional, 2004, p. 13).

En cualquier caso, la corrupción política se arraiga dentro y fuera de las estructuras burocráticas del Estado, en un ámbito inmaterial e invisible, pero con efectos lesivos materiales y perceptibles, como lo es el poder electoral (político) del Estado y la sociedad. Esta especie de corrupción involucra a todas aquellas personas que se mueven en los espacios de gestión del sistema electoral.

corrupción 3

En el régimen jurídico español, el delito por antonomasia que se encuadra en este tipo de corrupción es la financiación ilegal de los partidos políticos, recogido en el Código Penal por la Ley Orgánica 1/2015, del 30 de marzo, en el Título XIII bis, entre los artículos 304.º bis y 304.º ter, los cuales prohíben y castigan variopintas formas de donaciones y aportaciones ilegales a asociaciones y partidos políticos, incluida la responsabilidad penal de las personas jurídicas. Dentro de esta clase de corrupción, se incluyen también los delitos electorales contemplados en la Ley Orgánica 5/1985, del 19 de junio, de Régimen Electoral General, en el Título I, Capítulo VIII, Secciones I, II y III, artículos 135.º a 152.º.

Los delitos de financiación ilegal de los partidos políticos se encuentran previstos con la finalidad de tutelar el “correcto funcionamiento del sistema de partidos y del desempeño de funciones que constitucionalmente tienen asignadas” (JAVATO MARTÍN, 2017, p. 22) porque, como es sabido, los partidos políticos son formadores de voluntad política y promotores de las decisiones que a nivel público se asumen para los destinos de la sociedad. Desde esta función de innegable influencia sobre el poder electoral, se desprende la tentación de las agencias políticas y empresas financiadoras de pretender ejercer un dominio absoluto y perpetuo sobre el Estado, para lo cual emplean mecanismos de prestaciones y contraprestaciones de dinero y favores mutuos. Por otro lado, los delitos electorales contemplan supuestos de corrupción electoral, que se define como todo tipo de abuso del poder electoral en el proceso de elecciones de un Estado, ya sea alterándolo o interfiriendo deliberadamente en funcionarios, sufragantes, agencias y administraciones.

Lo que queda por hacer, lo que te toca hacer

La ejecución de espacios formativos en materia de transparencia y buen gobierno en las instancias públicas, corporaciones privadas y sociedad civil, se ha convertido especialmente en un desafío para nuestro Máster en Análisis y Prevención de la Corrupción.

La novedosa y original puesta en marcha de nuestra oferta académica se orienta a la formación de los futuros gestores de las políticas anticorrupción desde la función que desempeñan en el sector público y en el sector privado. Los Estados y el mercado global necesitan y demandan cada vez más como prioridad, especialistas comprometidos con la lucha contra la corrupción.

El mundo te necesita. Rompe el molde de la pasividad. Súmate a la conmemoración del Día Mundial de las Elecciones empleando en tus redes sociales el hashtag #GlobalElectionsDay y únete a nuestro Máster en Análisis y Prevención de la Corrupción de UNIR como futuro profesional en políticas anticorrupción.

Fuentes

  • HODESS, Robin, “Introducción”, Informe Global de la Corrupción 2004. La corrupción política, MAYER (trad.), Transparencia Internacional, Berlín, 2004, pp. 25-33.
  • JAVATO MARTÍN, Antonio María, “El delito de financiación ilegal de los partidos políticos (arts. 304 bis y 304 ter CP). Aspectos dogmáticos, político-criminales y de derecho comparado”, Revista Electrónica de Ciencia Penal y Criminología, nº 19, 2017, pp. 1-41.
  • Transparencia Internacional (=International Transparency), Guía de lenguaje claro sobre lucha contra la corrupción, 2009.
  • Transparencia Internacional (=International Transparency), Informe Global de la Corrupción 2004. La corrupción política, MAYER (trad.), Transparencia Internacional, Prometeo Libros, Buenos Aires, 2004.

Esta es la segunda entrega de Abecedario de la Corrupción, una serie de artículos en los que la directora ejecutiva del Máster en Análisis y Prevención de la Corrupción de UNIR, Lorena Varela, publicará cada mes en torno a temas de actualidad política mundial y corrupción. Cada titular comienza por una letra del abecedario: enero por la a, febrero por la b, marzo por la c… Así hasta completar las 27 letras del alfabeto.

  • Ciencias Políticas y Relaciones Internacionales

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