Elecciones en Brasil: un itinerario para la inclusión con la accesibilidad electoral en 53 preguntas

El artículo, con las elecciones en Brasil en el horizonte, propone 53 preguntas para verificar la accesibilidad electoral, apoyar a la justicia electoral y a las misiones de observación, y convertir la inclusión en un indicador de la calidad democrática.

Personas con necesidades especiales asisten a los centros de votación en las últimas elecciones en Brasil. Descubre nuestros estudios de Ciencias Políticas y Relaciones Internacionales

La garantía de que las personas con discapacidad participen en igualdad de condiciones en la vida política es un elemento estructural de la democracia. El reconocimiento formal de los derechos a votar y a ser elegido no basta: mientras persistan barreras arquitectónicas, comunicacionales, tecnológicas y actitudinales, la igualdad política seguirá siendo formalmente universal y materialmente selectiva.

En este sentido, la accesibilidad electoral es el conjunto de condiciones concretas que garantizan a las personas con discapacidad el pleno ejercicio de la ciudadanía política en todas las etapas del proceso electoral, y constituye una condición previa de la legitimidad democrática.

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La propuesta de este artículo, a propósito de la elecciones generales que se celebran en Brasil el próximo 4 de octubre, es presentar una lista destinada a verificar si existen (o no), en la práctica, recursos de accesibilidad que garanticen la participación de las personas con discapacidad en todas las etapas del proceso electoral.

1. El marco jurídico de la accesibilidad electoral

En el plano internacional, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD) de las Naciones Unidas, incorporada al ordenamiento jurídico brasileño con rango de enmienda constitucional, establece la accesibilidad como un derecho autónomo y como condición para el ejercicio de los demás derechos.

En su art. 29, garantiza a las personas con discapacidad procedimientos, instalaciones y materiales de votación accesibles, voto secreto, derecho a presentar su candidatura y a ejercer funciones públicas, uso de tecnologías de apoyo, asistencia de una persona de su elección y participación en igualdad de condiciones en la vida política.

El Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de las Naciones Unidas profundizó estos parámetros. La Observación General n.º 2 (2014) considera la accesibilidad una obligación estatal preventiva y general, aplicable también a los procedimientos electorales, los materiales informativos y las tecnologías de votación. La Observación General n.º 6 (2018) recomienda la plena accesibilidad del proceso electoral antes, durante y después de las elecciones.

En 2015, al examinar a Brasil, el Comité expresó su preocupación por las restricciones a los derechos políticos derivadas de la interdicción y de las limitaciones a la capacidad jurídica, así como por la falta de accesibilidad de los lugares de votación.

En el plano interno, la Ley Brasileña de Inclusión, el Código Electoral y las resoluciones del Tribunal Superior Electoral (TSE) n.º 23.381/2012 y n.º 23.673/2021 complementan este marco normativo y establecen deberes específicos en materia de accesibilidad electoral.

Según la OMS, más de mil millones de personas vivían con alguna discapacidad en 2011, alrededor de 200 millones de ellas con dificultades funcionales considerables.

En Brasil, el censo de 2022 identificó a 14,4 millones de personas con discapacidad, equivalentes al 7,3% de la población de dos años o más. En las elecciones de 2026, el número de personas con discapacidad habilitadas para votar aumentó alrededor de un 42% con respecto a 2022.

Entre las personas registradas, 994.472 figuran en la categoría «Otros» (45,46 %), 617.996 declararon discapacidad motriz, 319 489 discapacidad visual, 182.341 discapacidad auditiva y 64.851 dificultad para ejercer el voto.

Persisten, sin embargo, desafíos de representación y de calidad de los datos. En 2022, de las 475 candidaturas de personas con discapacidad, solo ocho resultaron elegidas. Además, el número de electores que se declaran personas con discapacidad en el Registro Electoral sigue siendo muy inferior a los 14,4 millones identificados por el censo, y la elevada concentración en la categoría “Otros” reduce la precisión de la planificación de las medidas de accesibilidad.

2. Precedentes internacionales de verificación de la accesibilidad electoral

El Instituto Internacional para la Democracia y la Asistencia Electoral (IDEA Internacional), en un estudio de mayo de 2026 sobre América Latina y el Caribe, sostiene que la accesibilidad debe integrar todo el ciclo electoral, y no únicamente el día de la votación.

En el sistema interamericano, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) recomendó, en 2025, la adopción de indicadores mensurables y mecanismos de seguimiento con la participación activa de las propias personas con discapacidad.

En las elecciones de 2026, el número de personas con discapacidad habilitadas para votar aumentó alrededor de un 42% con respecto a 2022.

En Europa, la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (FRA) desarrolló 28 indicadores para evaluar la participación política de las personas con discapacidad en cuatro dimensiones: barreras jurídicas y administrativas, conocimiento de los derechos, accesibilidad y oportunidades de participación. En 2017, la Oficina de Instituciones Democráticas y Derechos Humanos (OIDDH) publicó el Handbook on Observing and Promoting the Electoral Participation of Persons with Disabilities, con preguntas organizadas por etapas del ciclo electoral.

Otros ejemplos refuerzan esta tendencia. El Election Access Observation Toolkit, de la Fundación Internacional para Sistemas Electorales (IFES), se aplicó en países como Indonesia, Haití y Kosovo. La Organización de los Estados Americanos (OEA) utiliza instrumentos metodológicos temáticos en sus misiones de observación electoral. En Estados Unidos, el secretario de Estado de California utiliza, desde 2005, la Polling Place Accessibility Checklist (PPAC), con criterios relativos a estacionamiento, rutas de acceso, puertas, áreas de votación, señalización, rampas, ascensores y baños.

3. La propuesta: una lista de verificación de la accesibilidad electoral

La lista de verificación de la accesibilidad electoral que aquí se presenta sistematiza estos precedentes: art. 29 de la CDPD, indicadores de la FRA, Handbook de la OIDDH, Toolkit de la IFES, PPAC de California, manual de la OEA y recomendaciones de IDEA Internacional y de la CIDH, además de la legislación brasileña ya expuesta.

La lista abarca ocho dimensiones del ciclo electoral, con una respuesta objetiva y gradual para cada ítem —cumplido (C), parcialmente cumplido (PC), no cumplido (NC) o no aplicable (N/A)— y un campo para registrar evidencias:

Planificación y participación

1. ¿Existe un plano una política específica de accesibilidad electoral?
2. ¿Se consultó a las personas con discapacidad y a sus organizaciones en la elaboración
de las medidas?
3. ¿Existe una unidad gubernamental específica encargada de la accesibilidad?
4. ¿Existen datos sobre los electores con discapacidad y sus necesidades específicas?
5. ¿Se utilizan los datos en la planificación de las medidas de accesibilidad?
6. ¿Se identifican previamente los lugares y secciones electorales con mayores déficits de accesibilidad?
7. ¿Se tienen en cuenta la accesibilidad y el diseño universal desde la concepción de los servicios, sistemas y equipos electorales?

Información, comunicación y servicios digitales

8. ¿Los sitios web, las aplicaciones y los servicios digitales de la Justicia Electoral son accesibles y compatibles con tecnologías de apoyo?
9. ¿Existen alternativas accesibles para procedimientos digitales que puedan crear barreras, como el reconocimiento facial o el vídeo?
10. ¿La información electoral se ofrece en formatos accesibles, incluidos Libras (Lengua de Señas Brasileña), subtítulos, audiodescripción y lenguaje sencillo, cuando corresponda?
11. ¿Existen canales accesibles de atención para personas sordas y sordociegas?
12. ¿Puede el elector obtener previamente información sobre la accesibilidad de su lugar de votación?
13. ¿Se divulgan previamente los recursos de accesibilidad disponibles el día de la elección?

Campaña y participación política

14. ¿La propaganda electoral cumple los requisitos de accesibilidad previstos en la legislación?
15. ¿Los debates, los pronunciamientos oficiales y los contenidos audiovisuales ofrecen recursos de accesibilidad?
16. ¿Los partidos y candidatos reciben orientación sobre sus obligaciones en materia de accesibilidad?
17. ¿Las personas con discapacidad disponen de condiciones de igualdad para presentar su candidatura y hacer campaña?
18. ¿Existen mecanismos accesibles para denunciar discriminación o incumplimiento de las normas electorales?
19. ¿Se fiscaliza el cumplimiento de las reglas de accesibilidad y la utilización adecuada de los recursos destinados a las candidaturas?

Capacitación y atención

20. ¿Los miembros de mesa, los funcionarios y los equipos de apoyo han sido capacitados para brindar una atención inclusiva?
21. ¿La capacitación contempla diferentes discapacidades, incluidas las no aparentes, el autismo y la neurodivergencia?
22. ¿Los equipos han sido orientados a preservar la autonomía, la dignidad y la capacidad de decisión de la persona con discapacidad?
23. ¿Existe un equipo o una persona responsable capacitada para solucionar dificultades de accesibilidad en el lugar de votación?
24. ¿Se respeta el derecho a recibir asistencia de una persona de confianza elegida por el elector, cuando sea necesario?

Desplazamiento y accesibilidad física

25. ¿Existe transporte accesible para las personas con discapacidad o movilidad reducida?
26. El día de la votación, ¿el transporte público es gratuito para las personas con discapacidad?
27. ¿Existen espacios de estacionamiento reservados o un área accesible de embarque y desembarque próxima al lugar?
28. ¿El trayecto entre el punto de llegada y la sección electoral es accesible?
29. ¿Existen rampas, ascensores u otros medios adecuados para superar desniveles?
30. ¿Los ascensores y demás equipos de accesibilidad están en funcionamiento?
31. ¿Los pasillos, las puertas y las áreas de circulación permiten el desplazamiento en silla de ruedas?
32. ¿Existen baños accesibles y en condiciones de uso?
33. ¿La señalización es adecuada, también para las personas con discapacidad visual o cognitiva?
34. ¿La cabina y la urna electrónica están ubicadas de forma accesible y ergonómica?

Votación y tecnologías de apoyo

35. ¿Se respeta la atención prioritaria a las personas con discapacidad y movilidad reducida?
36. ¿La persona con discapacidad puede ejercer el voto con autonomía y sin sufrir situaciones embarazosas?
37. ¿La urna ofrece los recursos táctiles y en braille previstos?
38. ¿El sistema de audio está disponible y funciona adecuadamente?
39. ¿Hay auriculares en condiciones de uso?
40. ¿Los recursos en Libras u otros mecanismos de accesibilidad están funcionando?
41. ¿Se permite el uso de las tecnologías de apoyo autorizadas?
42. ¿Se garantiza el ingreso con perro guía?
43. ¿Existe un procedimiento adecuado ante una eventual falla de un recurso de accesibilidad?

Auditoría y fiscalización

44. ¿Los procedimientos de fiscalización y auditoría son accesibles para las personas con discapacidad?
45. ¿Los espacios destinados a la Prueba de Integridad cuentan con accesibilidad arquitectónica y comunicacional?
46. ¿Las personas con discapacidad pueden participar voluntariamente en las pruebas en igualdad de condiciones?
47. ¿La información relativa a la auditoría y la fiscalización se ofrece en formatos accesibles?

Evaluación poselectoral

48. ¿Se registraron las barreras físicas, comunicacionales, tecnológicas y actitudinales identificadas durante las elecciones?
49. ¿Se consultó a las personas con discapacidad y a sus organizaciones después de las elecciones?
50. ¿Se sistematizaron buenas prácticas y recomendaciones de mejora?
51. ¿Existe seguimiento de las medidas correctivas propuestas?
52. ¿Los resultados de la evaluación se divulgan de forma accesible?
53. ¿La accesibilidad se considera un indicador de calidad e integridad del proceso electoral?

Las elecciones generales de Brasil se celebran el próximo 4 de octubre.

 

4. Consideraciones finales

Proponemos una herramienta de verificación de la inclusión, en formato de cuestionario o lista de verificación, para evaluar, mediante indicadores objetivos, el cumplimiento de los requisitos mínimos de accesibilidad en todas las etapas del proceso electoral. Las respuestas —cumplido, parcialmente cumplido, no cumplido o no aplicable— incluirían un espacio para observaciones y evidencias.

La metodología permitiría realizar comparaciones entre países, zonas electorales, elecciones y contextos, fortalecería las misiones de observación y consolidaría la accesibilidad como indicador de la calidad democrática.

En las elecciones de 2026, ante la presencia de misiones internacionales y de iniciativas nacionales de seguimiento en Brasil, la herramienta podría servir como referencia práctica para una evaluación más objetiva, uniforme y comparable de la accesibilidad y la inclusión.

(*) Joelson Días es abogado y profesor. Exministro del Tribunal Superior Electoral de Brasil (TSE). Máster en Derecho por la Universidad de Harvard. Representante del Consejo Federal del Orden de Abogados de Brasil (CFOAB) en el Consejo Nacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad (CONADE). Fue secretario del Consejo de Colegios y Orden de Abogados del Mercosur (COADEM). Es miembro fundador de la Academia Brasileña de Derecho Electoral y Político (ABRADEP), del Instituto de Estudios Jurídicos y Diálogos Constitucionales (IDECON) y miembro de la Conferencia Americana de Organismos Electorales Subnacionales por la Transparencia Electoral (CAOESTE). 

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