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Tanto empresas como autónomos deben hacer frente a una gran variedad de obligaciones fiscales, entre las que destacan las relacionadas con el IVA, el IRPF o el IAE.

La relación de las organizaciones con el Ministerio de Hacienda es compleja. En este sentido, las empresas y autónomos tienen que cumplir una serie de obligaciones fiscales para mantenerse dentro de la ley, evitar sanciones y garantizar la estabilidad de una empresa.
Por este motivo, deben de contar con los servicios de un especialista en la materia que cuente con formaciones como el Máster en Asesoría Fiscal online de UNIR. Esta titulación permite dominar los diferentes impuestos y procedimientos tributarios aplicables en España, así como su integración en el contexto internacional.
Principales obligaciones fiscales de una empresa en España
Es fundamental que se mantenga el registro contable de una empresa, ya que, no solo es esencial a la hora de determinar cuáles son las obligaciones fiscales que deben cumplir las empresas, sino que también es exigida su llevanza por las normas fiscales. De entre las diferentes obligaciones fiscales, destacan las relativas a los siguientes impuestos:
Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)
El IVA es un impuesto que grava la venta de bienes o servicios. En la mayor parte de las empresas se presenta a través de una declaración trimestral en los meses de abril, julio, octubre y enero, por medio del modelo 303 de la Agencia Tributaria (AEAT), aunque las grandes empresas deben presentarla de manera mensual. Además, se debe realizar una declaración anual antes del 31 de enero del ejercicio siguiente, a través del modelo 390.
Además, hay que diferenciar entre el IVA soportado —aquel que se le ha pagado a los proveedores— y el IVA repercutido —el que han pagado los clientes—. Los gastos de la empresa sujetos a IVA pueden desgravarse en la declaración deduciendo el IVA soportado del repercutido, aunque no todos; de ahí la importancia de contar con un asesoramiento.
Las empresas que facturen más de 6.010.121,04 € al año, las que estén inscritas en el Registro de Devolución Mensual del IVA y aquellas que estén registradas en grupos de IVA, deben emplear el Suministro Inmediato de Información (SII), un sistema de registro de las operaciones de IVA a través de la web de la AEAT. Las demás empresas también pueden acogerse de forma voluntaria a este sistema para que la Agencia Tributaria pueda ver de forma electrónica e inmediata su información.
Quienes forman parte del SII no tendrán que presentar los resúmenes anuales de IVA, ni la declaración informativa de operaciones incluida en los libros de registro, así como tampoco la declaración de operaciones con terceras personas.
Impuesto sobre Sociedades (IS)
Este impuesto grava los beneficios de las personas jurídicas en un ejercicio. Las empresas tienen que ingresar un adelanto del impuesto, denominado pago fraccionado, en abril, octubre y diciembre, y una declaración anual en los primeros 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores al cierre del ejercicio correspondiente. Para las empresas que tienen ejercicio económico coincidente con el año natural, corresponde con las primeras semanas del mes de julio.
Se calcula sobre la base imponible a partir del resultado contable de la empresa, ajustándolo en consideración de los gastos no deducibles. Para una gestión fiscal óptima es importante conocer si existe alguna deducción aplicable o si se pueden aprovechar algunos regímenes especiales.
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
El IRPF es un impuesto que deben pagar todos los ciudadanos residentes en España. Grava la renta que han obtenido las personas físicas durante el año natural, tomando en consideración sus circunstancias personales y familiares.
Las empresas que cuentan con trabajadores a su cargo o contratan los servicios de profesionales independientes deben de declarar las retenciones del IRPF a través del modelo 111, el cual se presenta de forma trimestral, y hacer un resumen anual a través del modelo 190.
Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)
Este impuesto grava el desarrollo de actividades económicas dentro del territorio español dentro de las siguientes categorías:
- Empresariales
- Profesionales
- Artísticas
En el IAE se deben declarar todas las actividades que se desarrollan en el territorio español, aunque se hagan ocasionalmente. Están exentas las actividades agrícolas, ganaderas dependientes, forestales y pesqueras, y las sociedades mercantiles con una cifra de negocio anual inferior a un millón de euros y, con independencia de su cifra de negocios, en sus dos primeros ejercicios de actividad.
Se presenta al iniciar una nueva actividad (declaración de alta), si cambian datos, elementos tributarios o se abren nuevos locales comerciales (declaración de variación), al cesar una actividad (declaración de baja) y cuando se tenga derecho a una exención o se deje de tenerlo.
Declaración de operaciones con terceras personas
Cuando el total de las operaciones realizadas con clientes y/o proveedores supere los 3.005,06 euros anuales (IVA incluido), se debe presentar el modelo 347 de la AEAT. De esta forma, la Agencia Tributaria puede cruzar datos y comprobar la relación existente entre las operaciones declaradas.
Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias
Entre las obligaciones de las empresas está la de presentar el modelo 349 cuando se realice cualquier tipo de entrega o adquisición intracomunitaria de bienes o servicios con otros integrantes de la Unión Europea (UE).
Declaración censal
Es un documento mediante el cual las personas u organizaciones que desarrollen o vayan a desarrollar actividades empresariales o profesionales comunican a la Agencia Tributaria el inicio, la modificación o el cese de sus actividades.
Informar de los cambios de domicilio fiscal y social
El departamento fiscal de una empresa tiene que comunicar los cambios de domicilio fiscal de una empresa a la AEAT a través del modelo 036. Si se cambia el domicilio social, hay que formalizarlo en la Escritura Pública e inscribirla en el Registro Mercantil.
Obligaciones fiscales de los autónomos
La fiscalidad de los autónomos es un poco diferente de la de las empresas. La primera de las obligaciones fiscales de los autónomos es darse de alta en la Agencia Tributaria presentando su Declaración Censal.
Posteriormente, deben seleccionar el epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas bajo el que desempeñarán su actividad. Lo normal es que no tengan que pagarlo, ya que están exentos las personas físicas con un importe neto de cifra de negocio de menos de un millón de euros.
Las obligaciones de los autónomos también incluyen el pago de impuestos, como el IRPF y el IVA. Aunque, en el caso de ejercer su actividad con una sociedad mercantil, se debe tributar por medio del Impuesto sobre Sociedades y no por el IRPF.
Para comprobar si los autónomos o empresas han cumplido con todas sus obligaciones tributarias, se puede llevar a cabo una auditoría fiscal. En este momento, habrá que entregar toda la información contable al auditor; por ello, es importante entender qué tipos de libros contables hay y para qué se usan.