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El nuevo rostro de la justicia: mediación y solución colaborativa de conflictos

La entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2025, el pasado 3 de abril, ha abierto nuevas y prometedoras perspectivas profesionales en el ámbito de los Métodos Adecuados de Solución de Controversias (MASC).

La mediación se ha convertido en una vía necesaria en muchos procedimientos judiciales.

Esta norma establece que la mediación será un requisito procesal previo para poder presentar demandas en el ámbito civil y mercantil. Asimismo, regula el ejercicio profesional de la mediación, exigiendo formación acreditada conforme a la normativa vigente y la inscripción en el Registro Nacional de Mediadores del Ministerio de Justicia.

La intención del legislador es clara: devolver protagonismo al ciudadano, promover la cultura del acuerdo, reservar el proceso judicial como última opción y, de paso, contribuir a aliviar la sobrecarga del sistema de justicia. Con esta norma, cobra protagonismo la figura del tercero neutral —mediadores, conciliadores, negociadores, expertos o abogados asesores, como expresión del compromiso institucional con una justicia más eficaz, eficiente y cercana.

Diploma de Experto Universitario en Mediación y Gestión de Conflictos

La norma también introduce el concepto de “abuso del servicio público de justicia”. Se trata de evitar que los MASC se conviertan en un mero trámite y promover su utilización con auténtico compromiso ético, profesionalidad y sentido de la justicia. La norma prevé incluso la posibilidad de imponer costas o sanciones económicas a quienes actúen de mala fe o rechacen sin justificación recurrir a estos métodos alternativos.

“La mediación deja de ser una alternativa opcional para convertirse en una vía necesaria en muchos procedimientos”.

En este contexto, los llamados terceros neutrales deben garantizar el cumplimiento de los principios que rigen la mediación y reflejar la buena fe en los documentos que acrediten el cumplimiento del requisito de procedibilidad. Para ello, es imprescindible que cuenten con una sólida formación, conozcan bien la normativa vigente y dispongan de un seguro de responsabilidad civil que cubra posibles perjuicios derivados del ejercicio profesional.

La Ley Orgánica 1/2025 marca un punto de inflexión para el ejercicio profesional de la abogacía. No se trata simplemente de una reforma legal, sino de una transformación profunda orientada a construir una justicia más ágil, humana y efectiva. En este proceso, se revaloriza la figura del abogado como pieza clave en la elección y desarrollo del método adecuado para la resolución de conflictos.

“La abogacía no desaparece del proceso: se transforma en guía, asesor y aliado del acuerdo”.

Lejos de excluir a la abogacía, el impulso a los MASC la convierte en protagonista. El nuevo modelo no propone una Justicia sin abogados, sino una Justicia sin jueces allí donde la naturaleza del conflicto y la voluntad de las partes lo permitan. Especialmente en aquellos casos en los que judicializar la controversia solo serviría para intensificar el enfrentamiento y erosionar la convivencia.

El abogado del siglo XXI debe estar capacitado para identificar el mejor camino hacia la solución de un conflicto, ofreciendo a su cliente mayor confianza, menor coste económico y emocional, y plazos más breves. Como es sabido, quien actúe como mediador quedará inhabilitado para intervenir posteriormente en un posible proceso judicial. Por ello, el abogado debe ser capaz de analizar con objetividad cada caso, evaluar los costes y posibilidades de éxito, y ejercer su función de asesoramiento con solvencia técnica, incluso en la redacción de los acuerdos alcanzados.

Si se opta por la mediación como vía idónea, el abogado debe participar activamente en la elección del mediador y colaborar estrechamente con él para estructurar el proceso y garantizar la validez jurídica del acuerdo. Todo ello requiere, además de conocimientos técnicos, habilidades éticas y emocionales que permitan acercar la Justicia al ciudadano, haciéndola más comprensible, accesible y útil.

Entre los distintos métodos reconocidos, la mediación ocupa un lugar central. Su regulación básica se encuentra en la Ley 5/2012, que establece el estatuto del tercero neutral, marco que será de referencia mientras se desarrolla la normativa aplicable a los demás MASC.

La mediación es un proceso estructurado pero flexible, basado en principios esenciales como la voluntariedad, la buena fe, la confidencialidad, la intervención personal de las partes, la imparcialidad y la neutralidad del mediador, entre otros. Se trata de un método autocompositivo, en el que las partes no delegan la decisión, sino que se implican activamente en la búsqueda de un acuerdo mutuamente aceptable y jurídicamente viable.

Este método resulta especialmente útil en relaciones donde la convivencia es un valor que preservar, como en el ámbito familiar, vecinal o empresarial. El mediador actúa como facilitador de la comunicación, guiando un proceso seguro y garantista que puede concluir con un acta de acuerdos, susceptible de elevarse a público y dotarse de fuerza ejecutiva.

“La mediación no impone, propone; no decide por las partes, las acompaña en su decisión”.

La Directiva 2008/52/CE del Parlamento Europeo exige un perfil profesional pluridisciplinar en la resolución de conflictos. Formarse como mediador no solo implica dominar técnicas específicas, sino también desarrollar una visión transversal, ética y humanista del conflicto, con capacidad para adaptarse a múltiples contextos en los que la mediación se presenta como la vía más razonable, humana y eficaz para resolver los conflictos.

“Una justicia comprensible, cercana y efectiva solo es posible con profesionales bien formados”.

En UNIR preparamos a los profesionales que transforman la justicia

En este nuevo escenario, la Universidad Internacional de La Rioja (UNIR) ofrece a sus estudiantes la posibilidad de acceder a estas oportunidades a través del Diploma de Experto Universitario en Mediación y Gestión de Conflictos, que incluye especializaciones en mediación familiar, económico-empresarial o una formación conjunta.

En UNIR formamos a los profesionales que lideran el cambio en el modelo de justicia. A través de nuestros programas especializados en mediación y resolución de conflictos, nuestros estudiantes se preparan para dar respuesta a los retos actuales con solvencia, compromiso y visión de futuro. Si tú también quieres formar parte activa de este nuevo paradigma profesional, descubre todo lo que podemos ofrecerte.

(*) Rocío Sampere Meneses es presidenta de la Asociación Madrileña de Mediadores. Cuenta con una amplia trayectoria profesional como mediadora, procuradora y como miembro del Foro de Expertos de Ministerio de Justicia, donde ha colaborado en la elaboración de la nueva Ley 1/2025. Se dedica a la docencia desde 1982, y en UNIR dirige el Diploma de Experto Universitario en Mediación y Gestión de Conflictos.

  • Facultad de Derecho

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