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¿Cuál es la diferencia entre el derecho civil y el derecho mercantil?

En este post nos centraremos en conocer qué diferencia hay entre el Derecho civil y el Derecho mercantil, qué regula cada uno y qué relación hay entre ambos.

En este post nos centraremos en conocer qué diferencia hay entre el derecho civil y el derecho mercantil, qué regula cada una de estas ramas del derecho y qué relación hay entre ellas.

El ordenamiento jurídico de un país es el conjunto de leyes y normas de distinto rango que desarrollan y ordenan las relaciones de los ciudadanos y la Administración para garantizar los principios, valores, derechos y deberes recogidos en la Constitución. Este conjunto de normas puede clasificarse de varias maneras, pero la tradicional es la que distingue dos categorías: derecho público y derecho privado.

El derecho privado agrupa las ramas jurídicas que se encargan de regular las relaciones de los particulares entre sí y de estos con la Administración cuando no actúa en el ejercicio de sus prerrogativas, sino como un particular más. El derecho civil, el derecho mercantil, el derecho canónico y el derecho internacional privado constituyen el grueso del derecho privado. Las normas que corresponden a cada una de estas ramas configuran alguna esfera de la vida de los ciudadanos, afecta a cómo se relacionan con otros ciudadanos o con la propia Administración en posición de igualdad jurídica.

Entonces, ¿qué diferencia hay entre el derecho civil y el derecho mercantil? La respuesta sencilla es que la diferencia fundamental es el tipo de materia que regulan. El derecho civil se encarga de las relaciones entre particulares, ya sean personas físicas o jurídicas; mientras, el derecho mercantil se ocupa de regular la actividad de los empresarios en el ejercicio de su profesión.

 

¿Qué regula el derecho civil?

La definición de derecho civil establece que son normas que afectan a la persona privada, desde su nacimiento hasta su fallecimiento, y abarca sus relaciones familiares y derechos sucesorios. Además, rige sobre su patrimonio, obligaciones, contratos y responsabilidad civil que pueda surgir en sus relaciones con otros particulares. El Código Civil es la norma principal de esta rama jurídica.

La clave de las normas civiles es, por tanto, la configuración de la esfera personal y patrimonial de una persona y sus relaciones con otros particulares. El derecho civil se divide en cuatro grandes partes:

– Derecho subjetivo o parte general: regula todo lo relacionado con la nacionalidad, la personalidad civil y jurídica, el domicilio…

– Contratos y obligaciones: recoge las normas que afectan al régimen jurídico general y especial para la redacción de contratos y adquisición de obligaciones, así como la responsabilidad derivada de los contratos y de actos extracontractuales.

– Familia y sucesiones: configura todas las figuras familiares, desde el matrimonio y uniones civiles y el divorcio hasta la relación entre padres e hijos y las adopciones.

– Derechos reales: se trata de la regulación que aborda la propiedad privada y la posesión de bienes, así como los derechos que pueden surgir sobre estos bienes y la manera en que se transmiten.

 

¿Qué regula el derecho mercantil?

El derecho mercantil regula la figura del empresario, los actos de comercio y las instituciones concretas para el tráfico mercantil. Esta definición tradicional refleja su antigüedad y la necesidad de separar la esfera personal de la comercial de una persona. En la actualidad, podemos decir que regula el tráfico económico o de mercado y las actividades de producción de bienes o servicios para el mercado, así como las operaciones que realizan entre sí los actores mercantiles y el marco de intervención de los poderes públicos en caso de que sea necesario.

En nuestro ordenamiento, el Código de Comercio es la norma principal para esta materia, aunque hay temas específicos que se regulan en leyes concretas como, por ejemplo, la Ley de Defensa de la Competencia, La Ley de Sociedades de Capital o la de Contrato de Seguro, entre muchas otras. En general, las normas mercantiles abordarán las relaciones entre las empresas, entre ellas y sus clientes —ya sean otros empresarios o consumidores o usuarios—, y también los mecanismos legales que regulan la vida de una sociedad, desde su constitución hasta su extinción.

El derecho mercantil se subdivide, entre otras, en las siguientes ramas especializadas:

– Derecho bancario: agrupa las normas que regula la estructura y funcionamiento de las entidades bancarias y otras entidades de crédito.

– Derecho concursal: regula el procedimiento y reglas del proceso concursal de las compañías.

– Derecho de propiedad industrial: es el conjunto de derechos que puede poseer una persona física o jurídica sobre marcas, patentes, diseños industriales y dibujos.

– Derecho cambiario: abarca la normativa sobre títulos de valores, acciones e inversiones.

– Derecho marítimo: regula el intercambio de bienes y servicios entre distintos países o regiones mediante la marina mercante.

 

Relación entre el Derecho civil y mercantil

Una vez analizado con un poco más de profundidad qué aspectos regula cada rama jurídica, es sencillo observar puntos de conexión entre ambas que, al tiempo, nos sirven para establecer la frontera: el derecho mercantil está configurado como una rama específica y, en caso de que las normas mercantiles no regulen una situación en materia de derecho privado, se deberá acudir al derecho civil. Por eso, el derecho civil se conoce también históricamente como derecho común.

Un ejemplo para comprender mejor este aspecto es la regulación de los contratos. Tanto el Código Civil como el de Comercio recogen la figura de la compraventa y cómo debe articularse para que sea conforme a derecho. El propio Código de Comercio recoge una serie de situaciones en las que este tipo de operación no será mercantil y, por tanto, se atenderá a lo dispuesto en la norma civil.

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