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Hacia una tributación global más justa

El director asociado del Máster Universitario en Fiscalidad Internacional y socio de PwC España, Ramón Mullerat, analiza el acuerdo de la OCDE que busca recaudar 150.000 millones de dólares al año.

El pasado 8 de octubre, tras varios años de negociaciones y bajo los auspicios de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y del G20, 136 países -que representan más del 90% de la economía mundial- se comprometieron a aprobar un impuesto mínimo global. Asimismo, el acuerdo también hará que más de 125.000 millones de dólares de beneficios generados por las principales multinacionales del mundo se reubiquen a otros países y tributen en función de las ventas e independientemente de la presencia que estas multinacionales tengan en estos países.

La OCDE lleva años combatiendo el uso de paraísos fiscales por parte de multinacionales, una lucha que se inició con la publicación de listas negras y grises de jurisdicciones con baja o nula tributación o no cooperantes con el intercambio de información. Posteriormente, entre 2017 y 2019, la OCDE y el G20 publicaron 15 acciones bajo el proyecto BEPS (Base Erosion and Profit Shifting), proporcionando normas e instrumentos de índole doméstico e internacional para que los países legislen contra la evasión fiscal. Estas normas tratan de asegurar que los beneficios de las empresas tributen en las jurisdicciones donde se han realizado las actividades empresariales que han generado dichos beneficios y donde se crea valor.

Por otro lado, es un hecho que muchos países llevan décadas intentando competir con incentivos fiscales (incluso con reducciones del tipo impositivo) para atraer inversiones extranjeras, evitando así la deslocalización de sus empresas y el traslado de beneficios a países con baja tributación. Irlanda es un buen ejemplo, con un tipo impositivo del 12,5%, que incluso se negó a aumentar en el 2010, mientras estaba siendo rescatada por la Unión Europea.

La necesidad de combatir la evasión y el fraude fiscal a través de la planificación de impuestos en el ámbito internacional y, en particular, a través del uso de paraísos fiscales, se ha hecho más acuciante por la menor recaudación impositiva y un mayor gasto que han sufrido todos los países como consecuencia del COVID-19.

OCDE - Impuesto mínimo global

¿En qué consiste el acuerdo?

El compromiso al que han llegado estas 136 naciones, más otras cuantas que ya han anunciado adherirse, tiene dos partes o, tal y como lo denominan, dos pilares. El objetivo principal es proporcionar una solución justa a los retos que supone la digitalización y globalización de la economía.

Por un lado, bajo el llamado ‘Pilar 2’, los países firmantes se comprometen a introducir un impuesto mínimo que grave la renta mundial a un tipo del 15%. En particular, el país donde esté ubicada la casa matriz impondrá un impuesto sobre la renta equivalente a la diferencia entre el 15% y el tipo impositivo efectivo al que hayan estado sujetos sus filiales y establecimientos permanentes ubicados en el extranjero.

La nueva norma también establecerá la no deducibilidad de un pago en la medida que este lo perciba una entidad que lo someta a una tributación por debajo del 15%. Es importante destacar que este impuesto mínimo únicamente aplicará a multinacionales que, a nivel mundial, generen ingresos anuales por encima de los 750 millones de euros. De esta manera, se estima que se recaude cerca de 150.000 millones de dólares cada año.

Por otro lado, bajo el llamado ‘Pilar 1’, se modificarán las normas fiscales de índole internacional obligando a las multinacionales a reubicar los beneficios que generan, para que estos se declaren y tributen en los países donde estas vendan sus bienes o presten sus servicios, en lugar del país de residencia, independientemente del grado de presencia que tengan en esos países.

Acuerdo OCDE - Impuesto mínimo global

Esta norma va dirigida principalmente a las multinacionales tecnológicas, aunque afectará a toda multinacional que genere anualmente más de 20 billones de euros en ingresos y beneficios antes de impuestos por encima del 10%. En particular, un beneficio residual, es decir, el 25% de las ganancias que se generen por encima de ese 10% deberán ser reubicadas en los países donde se consuman o usen los bienes o servicios. Esto se hará de acuerdo con una fórmula que está pendiente de desarrollo, por lo tanto no estará basada en el principio del arm’s length sino en las actividades comerciales y de distribución que tienen lugar en esas jurisdicciones.

La intención de la OCDE y del G20 es que esta convención multilateral se firme durante el 2022 y entre en vigor en el 2023. Junto con la implementación de estas nuevas reglas, los países que tienen un impuesto sobre servicios digitales se han comprometido a eliminarlo.

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